El abuso en la Incapacidad Temporal
Dicha Incapacidad temporal puede ser debida a:
· Accidente de trabajo.
· Enfermedad Profesional.
· Accidente no laboral.
· Enfermedad común.
En cuanto a la retribución que percibe el trabajador durante este período de tiempo varía en función de la causa de la misma:
· A.Trabajo y E.Profesional: 75% a partir del primer día de la baja
· E.Común y Accidente no laboral: 3 primeros días no se cobra, del cuarto al 20 se cobra el 60%, y a partir del 21, se cobra el 75%.
Además, en función del Convenio Colectivo que se aplique en la empresa, a veces hay complementos que aumentan dicha prestación hasta el 100%.
Me voy a referir en este post a
Está muy mal pervertir esta importante y necesaria prestación para conseguir objetivos distintos a aquellos por las que fue concebida. Esto no es beneficioso para nadie:
· Para la empresa, obviamente. Tener a una persona de baja laboral supone un gran gasto económico, además de perder mano de obra para desarrollar su trabajo.
· Para los compañeros del trabajador, que al no poder sustituir la empresa al mismo, deben esforzarse aun más para sacar adelante el trabajo del mismo.
· Al médico de cabecera que extiende el parte de baja innecesariamente (se le pone entre la espada y la pared, si alguna vez no es amenazado por no hacerlo).
· Al gobierno y a todos en general, que acabamos pagando dichas bajas con nuestros impuestos.
Creo que sería conveniente objetivar en la medida de lo posible los tiempos de curación para que las empresas pudieran planificar el tiempo en el que no van a contar con el trabajador, evitar picaresca del trabajador, quitar el compromiso a los médicos por supuestas amenazas…. El Ministerio de Trabajo ha hecho públicas unas estimaciones de enfermedades y tiempos de curación. http://www.elmundo.es/mundodinero/2009/07/29/economia/1248859839.html
Me parece un primer e interesante paso de cara a resolver este problema.
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