domingo, 4 de octubre de 2009

El pero del Sistema RED.

El Sistema Red de la Seguridad Social se ha convertido en la herramienta imprescindible de comunicación entre la Administración de la Seg.Social y las empresas.

Dicha aplicación ha evolucionado enormemente desde su implantación hasta nuestros días.

Tiene innumerables ventajas, tanto para la Administración como para las empresas (bueno, realmente para los asesores de las empresas)

Para la Seguridad Social:

· Ya no deben mecanizar los documentos TC2 (relación nominal de trabajadores donde al miso tiempo se informa sobre la base de cotización de los mismos). Tampoco se mecanizan el resto de cotizaciones: atrasos de Convenio Colectivo, de salarios de tramitación, etc…

· Trabajo que se ahorra también la Administración a la hora de tramitar las altas, bajas y variaciones de datos (cambios de contratos, variaciones de jornada) de los trabajadores.

Para las Empresas:

· Las pequeñas empresas no lo notan, pues suelen tener el trabajo encomendado a gestorías, asesorías y graduados sociales, que somos los que realmente mantenemos la relación con la Administración en nombre de nuestros clientes.

· Empresas grandes, con departamentos de personal sí tienen las mismas atribuciones que las Asesorías, pero solo referente a ellas mismas.

Para Asesorías, Gestorías…:

· Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores. Las realizamos telemáticamente. Ya no hemos de desplazarnos a la Oficina de la Seguridad Social.

· Domiciliación en cuenta de los seguros sociales (el famoso TC1) en la cuenta bancaria de nustros clientes. De esta forma se evitan “olvidos” a la hora de pagar la cuota a la seguridad social.

· Obtención de Certificados de Situación de Cotización de nuestros clientes, al mismo tiempo de un gran número de diferentes listados (de trabajadores de alta, de histórico de trabajadores en la empresa, etc…).

· Mecanización de altas y bajas por enfermedad (hacia el INSS).

La implantación de dicho sistema ha supuesto un gran avance para todos, ahorrando tiempo, papel, desplazamientos, tiempo y eficacia….Sin embargo, siempre hay algunos peros.

  • Dificultad a la hora de contactar con el servicio de soporte telefónico de la Seguridad Social para hacer consultas sobre el funcionamiento del sistema y problemas de software. Muchas veces no conseguimos contactar y dejamos mensaje en un contestador. En un tiempo no determinado, te llaman por teléfono, y como no tengas la suerte de estar en el despacho, delante del ordenador, no te acuerdas de por qué has llamado, o como no tienes la información delante no puedes realizar la consulta, debiendo luego dejar un nuevo mensaje y esperar a que la próxima llamada te la hagan en el momento preciso.
  • RESPONSABILIDAD: La realización de estas Gestiones conllevan un elevado grado de responsabilidad. Debo reconocer que al cometer errores en afiliación (altas, bajas de trabajadores…) la administración es tolerante con nosotros, pero cuando hablamos de COTIZACION (o sea, pago de cuotas)…eso es otra cosa. Debemos ser cuidadosos y no equivocarnos. En mi opinión, creo que la Administración parte de la idea de que los errores que podamos realizar parten de la mala fé, y no de errores administrativos. Las consecuencias son siempre económicas, y lógicamente, debemos asumir nuestros errores. Podríamos, por ejemplo, pensar que hemos realizado un envío de un fichero de cotización, y por error no haberlo hecho. Si nos damos cuenta antes de que nos lo reclamen, la broma nos sale por un 20% de recargo sobre las cotizaciones (también se quitarían las bonificaciones y subvenciones a la empresa, y también se las incrementa en un 20%. Pero si por desgracia no nos damos cuenta, la reclamación es la misma, pero la bases sobra la que se calculan esos porcentajes no son los salarios reales de los trabajadores, sino los estimados por la Seg.Social, o sea, elevadísimos, y además deberemos asumir intereses por mora.

En el antiguo Reglamento de recaudación había un artículo que hablaba de la posibilidad de condonación de pago de recargos ante situaciones como las descritas….pero muy ágilmente, al redactarse el nuevo reglamento ese artículo desapareció. O sea, como legalmente no pueden “perdonarte”, no lo hacen.

La Administración debería darse cuenta del esfuerzo que desde las Asesorías y Gestorías hemos hecho para adaptarnos a la implantación de dichos cambios. Pensemos que enviamos cotizaciones de muchas empresas y podemos cometer errores administrativos NO INTENCIONADOS.

Si hubiera voluntad por parte de la Administración, podrían establecerse sistemas de cupos de errores en Gestorías o asesorías…por supuesto que fueran fiscalizados….pero eso representaría obtener menos ingresos.

La administración nos llama “colaboradores”….yo tengo colaboradores, pero si les trato así, penalizándolos cuando cometen errores, pronto me quedaré sin ellos……Por eso creo que esa denominación es errónea.